Micelio
Auto8 de mayo de 2008

A- de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jorge Arturo Escobar Restrepo

Tema · dato duro
Se Declara La Nulidad De Todo Lo Actuado En El Tramite De La Accion De Tutela Instaurada Por El Señor Rafael Enrique Morales Hernandez En Contra De La Superintendencia De Sociedades, A Partir Del Auto De Fecha Dieciseis (16) De Agosto De 2007, Por Medio Del Cual El Juzgado Doce Administrativo De Medellin Admitio La Accion De Tutela. En Consecuencia, Se Ordenara Al Juzgado Doce Administrativo De Medellin Que Reinicie El Proceso De Su Conocimiento, Previa Notificacion Al Señor Jorge Arturo Escobar Restrepo Y A Todos Los Legitimados Para Actuar En La Presente Accion De Tutela. Se Ordena Remitir El Expediente De La Referencia Al Juzgado Doce Administrativo De Medellin A Fin De Que Se Surta El Tramite Anteriormente Referido.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Actúa como juez de eventual revisión que integra la litis
  • Debe declarar la nulidad de todo lo actuado si una de las partes o terceros no notificados lo solicita
Debido Proceso
  • Vulneración y nulidad de todo lo actuado por falta u omisión en la notificación a las partes o a un tercero con interés legítimo
Legitimidad En La Causa Por Pasiva
  • Principio básico del derecho procesal por el cual se puede exigir la completa y correcta integración del contradictorio
Integracion Del Contradictorio En Sede De Revision
  • Sustento en los principios de economía y celeridad procesal
Acción De Tutela
  • Terceros con interés legítimo pueden intervenir como coadyuvantes
Debido Proceso En Accion De Tutela
  • Correcta notificación a las partes y a terceros, de todas las providencias que se dicten
Derecho De Defensa
  • Necesidad de reiniciar toda la actuación previa integración del contradictorio por parte del juez
Integracion Del Contradictorio
  • Nulidad de todo lo actuado si el accionante o el juez no lo hacen en debida forma
Juez Constitucional
  • Vinculación oficiosa de las partes e intervinientes cuando no se ha integrado en debida forma el contradictorio por parte pasiva
Notificacion Y Actos De Comunicacion Procesal
  • Actuación fundamental que aplica a las partes y a terceros con interés legítimo
  • Importantes expresiones del debido proceso
Nulidad Saneable En Proceso De Tutela
  • Practicada la notificación a las partes o a terceros
12 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR LA NULIDAD de todo lo actuado en el tramite de la accion de tutela instaurada por el senor Rafael Enrique Morales Hernandez en contra de la Superintendencia de Sociedades, a partir del Auto de fecha dieciseis (16) de agosto de 2007, por medio del cual el Juzgado Doce Administrativo de Medellin admitio la accion de tutela.
  2. Segundo. En consecuencia, ORDENAR al Juzgado Doce Administrativo de Medellin que reinicie el proceso de su conocimiento, previa notificacion al senor Jorge Arturo Escobar Restrepo y a todos los legitimados para actuar en esta accion de tutela.
  3. Surtida dicha actuacion, la accion de tutela seguira el tramite senalado en el decreto 2591 de 1991.
  4. Tercero. Por Secretaria, REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado Doce Administrativo de Medellin a fin de que se surta el tramite indicado en el numeral anterior.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.